Sede Electrónica

SOLICITUD GENERAL

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

A través de este modelo básico de solicitud, la ciudadanía puede dirigirse al Ayuntamiento de Santiago del Teide para iniciar aquellos trámites y procedimientos para los que no se haya previsto un impreso o modelo específico en la sede electrónica. 

¿PARA QUÉ SIRVE?

Dirigido a: Personas Físicas [X] Personas Jurídicas [X]
Unidad administrativa: La que corresponda en atención al contenido de la solicitud formulada.
Para que tengo que iniciarlo: Para realizar aquellos trámites y procedimientos para los que no se haya previsto un impreso o modelo específico en la sede electrónica. 

¿CÓMO SE INICIA EL PROCEDIMIENTO?

Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Plazo de presentación: En cualquier momento.
Requisitos previos: Ninguno.
Lugar de presentación: La solicitud se podrá presentar a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital; de forma presencial, en las oficinas en materia de asistencia de registros, así como a través de cualquiera de los medios enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estarán obligados a relacionarse electrónicamente con este Ayuntamiento: las personas jurídicas; los entes sin personalidad; las personas físicas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria; quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente; los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público (artículo. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se relacionan con este Ayuntamiento a través de medios electrónicos o no. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.

TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS APLICABLES

Serán aplicables los tributos o precios públicos que correspondan en función del tipo de trámite o procedimiento. 

¿CUANDO Y CÓMO SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO?

1. Presentación de la solicitud.
2. Remisión a la unidad responsable de la tramitación.
3. Seguimiento del procedimiento que corresponda.

En relación al plazo de resolución y notificación, el silencio administrativo y el régimen de recursos, serán aplicables las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la aplicación de la normativa sectorial específica.

NORMATIVA APLICABLE AL PROCEDIMIENTO
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática


Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

Iniciar un trámite

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