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1194. Información del Plan General de Ordenación y de los planes y proyectos de desarrollo del mismo.

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La ordenación urbanística en el ámbito municipal se establece y desarrolla mediante los siguientes instrumentos:

a) Plan General de Ordenación.
b) Planes de desarrollo:

  • 1) Planes Parciales de Ordenación.
  • 2) Planes Especiales de Ordenación.
  • 3) Estudios de Detalle.

A estos instrumentos se les añade:

Un catálogo municipal, en el que recojan aquellos bienes tales como monumentos, inmuebles o espacios de interés histórico, artístico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, ecológico, científico o técnico que por sus características singulares o según la normativa del Patrimonio Histórico de Canarias deban ser objeto de preservación, estableciéndose el grado de protección que les corresponda y los tipos de intervención permitidos en cada supuesto.
 

Los Planes Generales son el instrumento básico de ordenación general e integral del territorio de un municipio, encargado de definir, para la totalidad del correspondiente término municipal, la ordenación urbanística, organizando la gestión de su ejecución, siempre dentro del marco de la utilización racional de los recursos naturales establecido en las Directrices de Ordenación, los Planes Insulares y el resto del planeamiento de ordenación territorial.

El Plan General establece la ordenación estructural y la ordenación pormenorizada del municipio:

  • La ordenación estructural constituye el conjunto de determinaciones que define el modelo de ocupación y utilización del territorio en el ámbito de la totalidad de un término municipal, así como los elementos fundamentales de la organización y el funcionamiento urbano actual y su esquema de futuro: El modelo de ocupación del territorio y desarrollo urbano, la clasificación del suelo, en el suelo rústico, su adscripción a la categoría que le corresponda y la determinación de los usos genéricos atribuibles a esa categoría, en el suelo urbano y urbanizable, la adscripción a la categoría que corresponda, en suelo urbano no consolidado, la delimitación de los ámbitos para su desarrollo mediante Planes Parciales y Especiales de Ordenación etc.
  • Constituye la ordenación urbanística pormenorizada el conjunto de las determinaciones que, dentro del marco de las de carácter estructural, desarrollan aquellas en términos suficientemente precisos, para permitir la legitimación de las actividades de ejecución.

El Plan General de Ordenación Urbana de Santiago del Teide fue aprobado de forma definitiva, aunque de modo parcial, el suelo rústico (excepto los asentamientos rurales), y los suelos urbanos consolidados residenciales de Puerto de Santiago-La Vigilia, Santiago del Teide, Tamaimo, Arguayo y el Molledo, por acuerdo de la COTMAC en sesión celebrada el día 30 de julio de 2002  y publicados en el BOC nº 129 de 7 de julio de 2003 y  los suelos urbanizables (excepto los turísticos), los urbanos no consolidados (excepto los turísticos) y los núcleos rurales de Las Manchas, Valle de Arriba y El Retamar, manteniendo la suspensión del suelo urbanizable turístico y el urbano consolidado turístico de Puerto de Santiago-Los Gigantes, hasta que entre en vigor el Plan Territorial Especial de Ordenación del Turismo de la isla de Tenerife, por acuerdo de la COTMAT en sesión de fecha 11 de mayo de 2005 y publicada en el BOC nº 168 de 26 de agosto de 2005

Documentos Normativos, Planos de Información y Ordenación para descarga.

Los planes y desarrollos del mismo han sido los siguientes:

- Suelos urbanizables:

  • 14 ordenados por el Plan General
  • 1 remitidos a instrumentos de ordenación pormenorizada con instrumento de gestión aprobado definitivamente
  • 1 con proyecto de urbanización aprobado definitivamente

- Suelos urbanos no consolidados

  • Unidades de Actuación: 3 ordenados por el Plan General.

Por acuerdo plenario celebrado el 31 de julio de 2012 se inició la REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN con la aprobación del documento de Avance y el Informe de Sostenibilidad Ambiental (BOP 155/2012, de 13 de noviembre). Sin embargo, por acuerdo plenario de 26 de abril de 2017 se deja sin efecto dicha revisión y se acuerda iniciar la elaboración del TEXTO REFUNDIDO DEL PLAN GENERAL, siendo ratificado por acuerdo plenario de 6 de octubre de 2017 para ser sometido su tramitación a las disposiciones de la nueva Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, con carácter de modificación sustancial plena, conservándose los actos y trámites ya realizados. En este trámite se ha llevado a cabo los Estudios Previos (Anexos I, II y III) y se licita el contrato para la redacción de la modificación sustancial plena.

Dentro del marco de la Ley 2/2013 de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias (BOC 103, de 31 de mayo de 2013), se aprueba por Decreto 106/2015, de 22 de mayo, el «Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto Santiago (municipios de Santiago del Teide y Guía de Isora, Tenerife)» publicado en el  BOC 147, de 30 de julio de 2015. que tiene como objeto impulsar la renovación y modernización de urbanizaciones e instalaciones turísticas obsoletas, así como las de los productos turísticos mediante actuaciones que conduzcan a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación urbana.

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de 29 de abril de 2021 se aceptó la iniciativa del Cabildo Insular de Tenerife para la redacción y tramitación de la primera modificación del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto de Santiago en el ámbito territorial del municipio de Santiago del Teide, que contemple una serie de actuaciones públicas necesarias, así como de otras intervenciones privadas solicitadas por diversos agentes atendiendo a la coyuntura socioeconómica actual. Este conjunto de actuaciones supone una mejora en la oferta cualitativa del destino turístico.

 

Fecha de última modificación: 02/11/2023

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